Reglamento - Sorteo piscina de rattan

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir y limitar los términos y condiciones de la promoción que realizará y organizará FERRETERÍA EPA S.A., cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador” y/o Ferretería Epa S.A / EPA”.

 

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, decidan participar en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante la aceptación de conocer y respetar estas reglas y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, los cuales son conocidas y aceptadas como definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la Promoción implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte Ferretería EPA S.A.

 

En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinador. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción.

 

El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios y/o beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

 

SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES:

 

Artículo A1: De la Promoción: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “SORTEO PISCINA DE RATTAN” (de ahora en adelante denominada como la “Promoción”), la cual pertenece y es patrocinada principalmente por Ferretería EPA S.A. (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o el “Organizador”).

 

Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando a las 00:00 horas del 13 de enero del año 2020 y finalizando a las 23:59 horas del 19 de enero del año 2020 o hasta agotar la existencia total del premio, el cual se especifica e informa en el Anexo A del Presente Reglamento. Lo que ocurra primero.

 

Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas que lo deseen, siempre que sean mayores de edad y cuenten con un documento de identificación personal válido y al día, debidamente reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica. 

 

Artículo A4: La Promoción está dirigida a personas físicas, consumidores Finales de Ferretería EPA S.A. Por lo que manufacturadores, distribuidores, revendedores, empresas jurídicas, gubernamentales y demás personas que se consideren como tales, no podrán participar en esta Promoción.

 

El Organizador se reserva el derecho para descalificar de la Promoción o de exigir la devolución de premios que sean otorgados en virtud del presente Reglamento, cuando existan razones fundadas para creer que el participante no adquiera productos para su uso personal o el de su círculo familiar, con el objeto de revender, distribuir, o bien con la intención de adquirir los artículos participantes con el único fin de participar en la Promoción y posteriormente devolver dichos productos antes del vencimiento del plazo de la misma.

 

El hecho que una persona participe una cantidad de veces que exceda de forma significativa lo razonable y esperable de un concursante promedio (6 veces por día), hará presumir a los Organizadores que su participación ha sido manipulada con fines de aumentar su probabilidad como ganador.  

 

Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.

 

  1. “Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en la Promoción a con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento.

 

  1. “Puntos de Venta” significa única y exclusivamente a través de las compras realizadas en la plataforma digital epaenlinea.com 

 

  1. “Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá aportar a los promotores (as) del stand para registrar la factura, los cuales son (i) Nombre Completo; (ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) Número de comprobante de compra. Dicha información será utilizada únicamente por el Organizador para los efectos de la Promoción, situación que consienten los clientes, por lo que la misma no podrá utilizarse con fines comerciales o publicitarios. 

 

  1. Premio: En esta promoción existen un (1) tipo de premio, que consta de: 

 

Premio: Una (1) Piscina estructural tipo rattan 4,27 x 1,07 m código EPA 06-70-080,  con un valor de ¢257.500 i.v.a. 

 

  1. Generalidades del premio: El premio será otorgado a través de un sorteo entre todos aquellos participantes que cumplan con los requisitos mínimos de participación. 

 

Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en epaenlinea.com, durante la vigencia de la presente promoción. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá la siguiente leyenda: "Promoción exclusiva de Epaenlinea.com. Aplican condiciones. Ver Reglamento de la promoción en epaenlinea.com"

 

SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:

 

Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales será explicadas en caso de ser necesario, por los asesores de servicio de Ferretería EPA debidamente identificados. Igualmente, el presente Reglamento, estará a disposición en Servicio al Cliente, y en la página de Facebook. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocación de cualquier derecho o premio otorgado.

 

Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.

 

Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que deseen obtener el premio, lo harán de la siguiente manera: 

 

Por cada compra realizada exclusivamente en epaenlinea.com, en la cual se documente en la respectiva factura de compra o factura digital, que contenga una compra mínima de: SETENTA Y CINCO (75.000) MIL COLONES, obtendrá automáticamente el derecho a participar en el sorteo del Premio objeto de la presente Promoción. Dicha compra se debe ver reflejada en una misma factura; no se podrá unificar facturas con el fin de sumar la cantidad de SETENTA Y CINCO (75.000) MIL COLONES, por lo que se debe entender que, para poder optar por la oportunidad de reclamar el premio, será única y exclusivamente a aquellos clientes cuya factura contenga la equivalente suma a SETENTA Y CINCO (75.000) MIL COLONES. Quien cumpla con estos requisitos, será verificado por un asesor de venta en línea quien en compañía del encargado de promociones y un notario público realizarán el respectivo sorteo para elegir al ganador de manera aleatoria. 

 

Artículo B4: Condiciones para participar.

 

  • El cliente deberá dirigirse al portal digital epaenlinea.com, realizar la compra que cumpla con el requisito mínimo de SETENTA Y CINCO (75.000) MIL COLONES.

  • Presentar el comprobante de su factura original de compra al momento de retirar o recibir la mercadería, para participar y recibir su premio, siempre que cumpla con los requisitos mencionados.

  • El promotor(a) de epaenlinea.com verificará que: La factura cumpla con la compra mínima requerida, necesaria para participar. Que la fecha de compra indicada en la factura, corresponda al plazo de vigencia de la Promoción.

  • Se hace constar, que cualquier participante que devuelva los productos adquiridos mediante la factura de compra con la que completó los requisitos para obtener el premio, quedará excluido de ser beneficiario del premio. Lo anterior se verificará al momento de revisar el número de factura en el sistema.

  • No participarán facturas no originales, rotas, dañados o de cualquier forma que incumplan con los procedimientos que se establecen al efecto, o bien que tengan un estado o aspecto que haga dudar de su autenticidad, que ya hayan sido activadas en alguna de los puntos de ventas previamente y que se encuentren fuera de la fecha de vigencia de la promoción.

 

Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.

 

Artículo B6: Al favorecido del premio de acuerdo al Artículos B3 de este Reglamento, se le contactará por parte de promociones a través de teléfono para coordinar la entrega del “premio” correspondiente, el premio no puede ser cedido, no puede ser canjeado por efectivo y debe ser retirado en un plazo máximo de 30 días posterior al momento en el que EPA contacta al ganador.  

 

El Ganador deberá retirar su respectivo premio en el plazo establecido. De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar a Ferretería EPA S.A. la pérdida de dicho premio.

 

En caso de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador.

 

En caso de haber aceptado un premio, el cual se detecte algún desperfecto en su funcionamiento, el favorecido podrá realizar una devolución por garantía del premio. En este caso se procederá a cambiar el premio por otro igual, en caso de no contar con más existencias de premios se procedería a entregar el valor en colones del premio establecido en el Artículo A5 Punto 4 del presente reglamento.

 

El ganador de los premios indicados en el presente Reglamento, se seleccionarán el martes 21 de enero de 2020 a las 11:00 am en las oficinas centrales de Ferreterías EPA, mediante un sorteo aleatorio por parte de los encargados del Departamento de Mercadeo. 

 

De dicha situación se deberá levantar un Acta / Declaración Jurada ante 2 Testigos del nombre del Participante ganador. Esta información igualmente podrá ser presentada ante Notario Público a efecto que de fe del cumplimiento de los requisitos y proceso de la Promoción mediante el levantamiento de un Acta Notarial, de conformidad al presente Reglamento.

 

El ganador se anunciará el jueves 23 de enero de 2020 a las 11:00 am, en el sitio  epaenlinea.com y en Facebook de “EPA Costa Rica” en la publicación donde se realizó el concurso. 

 

El ganador tendrá un plazo de un (1) día hábil, después de ser anunciado su nombre en el sitio epaenlinea.com y en el muro “EPA Costa Rica”, para reportarse y enviar sus datos personales (nombre completo, número de identificación, teléfono, etc), por medio de mensaje privado a la página de Facebook “EPA Costa Rica” a efecto que los representantes de EPA puedan localizar y contactar al ganador favorecido en un plazo de un (1) día hábil.

 

Después de realizado el Sorteo referido e identificado al respectivo favorecido y/o ganador del premio, de acuerdo al Artículos anteriores de este Reglamento, una vez contactado el ganador en seguimiento del procedimiento por parte de un representante de EPA, se le indicará el lugar, fecha y hora para la entrega así como retiro del Premio correspondiente.

 

En este sentido, la persona ganadora deberá firmar conforme el recibo de su premio, además de un documento de liberación de responsabilidad para Ferretería EPA S.A. donde se le expresarán todas las limitaciones y condiciones que el Premio otorgado, liberando al Patrocinador de toda responsabilidad por uso y/o consumo del mismo.

 

Igualmente el ganador favorecido, no podrá reclamar o solicitar a Ferretería EPA S.A. ningún gasto adicional que genere el retiro del Premio, como el transporte o el costo asociado al mismo en caso que no contar con los medios necesarios para transportarlo y/o instalarlo en el lugar que libremente decida.

 

De no cumplirse con las condiciones establecidas en este Reglamento o de no poder hacer la verificación de datos necesaria del ganador oficial, se elegirá automáticamente a un ganador suplente y se procederá con la verificación de los datos y entrega de premio tomando en cuenta las especificaciones del presente Reglamento.

 

El Ganador tendrá que retirar su Premio en un plazo no mayor a un 1 mes a partir del momento que es contactado por colaboradores de Ferretería EPA S.A. en las horas, días, y el lugar establecido para retirar el Premio acordado previamente.

 

De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar daños y/o perjuicios a Ferretería EPA S.A. producto de la pérdida del Premio.

 

Dicho Premio NO podrá ser cedido bajo circunstancia alguna a un familiar, cónyuge, hijo o tercero, siendo que el objeto de la promoción es que el fan y/o seguidor que realizó el comentario y presentó la cédula de identidad vigente, sea el beneficiario del Premio.

 

Igualmente el Participante favorecido, autoriza a Ferretería EPA S.A. de forma libre y espontánea, para el uso de su derecho de imagen y nombre en campañas promocionales y cualquier tipo de publicidad realizada por parte de Ferretería EPA S.A., sin poder solicitar remuneración alguna por ello.

 

En el evento de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, el Participante se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo para la formalización, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador.

 

El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como al cumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento. El organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla los términos y condiciones previamente aquí establecidas. Si el ganador no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, los organizadores no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio.

 

Artículo B7: Con el fin de poder hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción del Organizador, los participantes que resulten favorecidos con cualquiera de los Premios de esta Promoción, autorizan de manera irrevocable expresamente al Organizador, para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen.

 

En este sentido se acepta que durante las labores de la remodelación se podrá tomar video y fotografías, las cuales serán utilizadas con fines publicitarios sin derecho a reclamar suma alguna. 

 

SECCIÓN C. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

 

Artículo C1: La presente promoción incluye la compra de todos los productos que se encuentran disponibles para la compra en el portal digital epaenlinea.com. Siempre y cuando la compra sume el monto mínimo para participar. 

 

Artículo C2: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial, sin embargo, los artículos que corresponden al premio corresponden a la realidad y características del mismo especificadas en el Artículo A5 punto 4. 

 

Artículo C3: El Patrocinador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos esta Promoción, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que el Patrocinador estime convenientes, o en sus oficinas de Atención al Cliente.

 

Artículo C4: La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega de los premios descritos en el Artículo B4 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute de cualquiera de los premios o productos promocionales. 

 

Artículo C5: Si un Participante seleccionado no se presente a canjear su premio dentro del plazo indicado en el presente Reglamento, dentro de las fechas indicadas, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el Organizador queda autorizado para la selección de uno de los ganadores suplentes según corresponda. 

 

Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga contar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento. 

 

Artículo C6: En caso que resultare Ganador y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación.

 

  • La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento. 

  • Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.

  • Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros. 

  • Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal. 

  • La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A.

  • La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido, por lo que el organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este Reglamento. Siendo que el premio es una (1) Piscina estructural tipo rattan 4,27 x 1,07 m código EPA06-70-080,  con un valor de ¢257.500 i.v.i., EPA no se responsabilizará por daños, en la persona u objetos personales a la entrega.

  • El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo. 

  • El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.

  • Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

  • Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador y/o Coorganizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.

  • Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

  • Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador.

  • En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.

  • La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.

 

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook EPA Costa Rica, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente de la Tienda de EPA. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente en Tienda, durante la vigencia de la presente promoción.

 

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ANEXOS

 

ANEXO A:

 

PREMIO

 

       
   

Una Piscina estructural tipo rattan 4,27 x 1,07 m Código EPA 0670080,  con un valor de ¢257.500 i.v.i.

1 Unidad



*Cantidades iniciales y/o hasta agotar existencias.