Reglamento oficial de la promoción “Cyberlunes Amarillo – Gane el monto de su compra” - Epaenlinea.com

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir, limitar los términos y condiciones de la promoción que realizará y organizará FERRETERÍA EPA S.A., cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador” y/o Ferretería Epa S.A / EPA”.

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para todos los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, decidan participar libre y voluntariamente en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante, la aceptación de conocer y respetar estas reglas, condiciones y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, las cuales son conocidas y aceptadas como definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte Ferretería EPA S.A.

 

En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan todas las reglas y condiciones del presente Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinador. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción.

 

El otorgamiento del Premio (ver definición de Premio más adelante) en la presente Promoción, estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del otorgado a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas, las cuales son expresamente aceptadas por los Participantes.

 

SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES:

 

Artículo A1: De la Promoción: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “CYBERMONDAY GANE EL MONTO DE SU COMPRA” (de ahora en adelante denominada como la “Promoción”), la cual pertenece y es patrocinada principalmente por Ferretería EPA S.A. (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o “Organizador”).

 

Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando a las 07:00 horas del 29 de noviembre del año 2021 y finalizando a las 23:59 horas del 29 de noviembre del año 2021, plazo durante el cual estará vigente el presente Reglamento.

 

Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas o jurídicas que lo deseen, las personas físicas o representantes de las personas jurídicas deberán ser mayores de edad y contar con un documento de identificación personal válido y al día, debidamente reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica.

 

Artículo A4: La Promoción está dirigida a Consumidores Finales de Ferretería EPA S.A. Por lo que manufacturadores, distribuidores, revendedores y demás personas que se consideren como tales, no podrán participar en esta Promoción. Asimismo, no podrán participar en la Promoción los colaboradores y representantes del Patrocinador y cualquier Copatrocinador que se incorpore e identifique durante la Promoción, ni colaboradores de Overseas Logistics Operations S.A. (OLO) y Credix World S.A. hasta primer grado de consanguineidad o afinidad.

 

 

El Organizador se reserva el derecho para descalificar de la Promoción o de exigir la devolución del Premio que sea otorgado en virtud del presente Reglamento, cuando existan razones fundadas para creer que el participante no adquiera productos para su uso personal o el de su círculo familiar, con el objeto de revender, distribuir, o bien con la intención de adquirir los artículos participantes con el único fin de participar en la Promoción y posteriormente devolver dichos productos antes del vencimiento del plazo de vigencia de la misma.

 

El hecho que una persona participe una cantidad mayor a seis (6) veces en un día, que exceda de forma significativa lo razonable y esperable de un concursante promedio en cualquiera de las Tiendas EPA, hará presumir a los Organizadores que su participación ha sido manipulada con fines de aumentar su probabilidad como ganador. 

 

Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.

 

  1. “Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en la Promoción a con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento.

 

  1. “Puntos de Venta” significa para esta Promoción, exclusivamente la página web oficial de Ferretería Epa: cr.epaenlinea.com.

 

  1. Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá aportar y completar únicamente de manera digital en la página web habilitada, los cuales son (i) Nombre Completo; (ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) correo electrónico; (v) numeración del código de barras ubicado en la parte inferior de la factura donde se incluye la tienda, fecha, número de comprobante de compra y caja en la que realizó la compra.

 

  1. Premio: En esta promoción se tienen ocho (8) premios, los cuales se otorgarán uno para cada uno de los ocho (8) Ganadores Seleccionados del sorteo el cual se detalle en la sección C del presente reglamento.

 

Detalles del premio: Los ocho (8) premios de los cuales cada uno consta de un saldo a favor para consumir en Ferretería Epa denominada “Cupón digital” por el monto total de la factura de compra realizada y seleccionada como ganadora de cada uno de los ganadores durante el sorteo de la promoción, en este sentido, cada cupón emitido como premio tendrá como monto del premio el valor de la compra ganadora hasta máximo ochenta mil (80.000) colones. En el caso de compras superiores a este monto solo se entregará un premio máximo de ochenta mil (80.000) colones.

 

El premio será otorgado a través de correo electrónico, solo se podrá aplicar en una única compra ya que el mismo se consumirá en su totalidad sin importar el monto de la compra y contará con una vigencia máxima para su uso de 30 días posteriores a la entrega.

 

Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en las secciones de Reglamento en la página web de cr.epaenlinea.com. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá las siguientes leyendas:

 

“Promoción exclusiva de epaenlinea.com válida solo el 29/11/22. Únicamente participan las compras realizadas durante la vigencia”

 

SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:

 

Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento. Dicho reglamento estará a disposición para la lectura del Cliente/Participante en la sección de reglamentos en la página web epaenlinea.com; asimismo, los asesores de Servicio al Cliente de cada una de las tiendas, debidamente identificados, pueden explicar las disposiciones del reglamento. a aquellas personas que manifiesten querer participar. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocación de cualquier derecho o premio otorgado.

 

Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.

 

Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que deseen participar en el sorteo, lo harán de la siguiente manera:

 

El Participante deberá realizar una compra sin monto mínimo requerido durante el plazo de vigencia de la promoción de manera exclusiva a través de epaenlinea.com. Con sólo ingresar a la página web epaenlinea.com y realizar la compra, el Participante quedará participando automáticamente en el sorteo del Premio correspondiente a la presente Promoción. 

 

Quien cumpla con estos requisitos, quedará participando en la Promoción, y así podrá optar por ser elegido como uno de los Ganadores de uno de los ocho posibles premios correspondiente a la Promoción.

 

Artículo B4: Condiciones para participar.

 

  • El cliente y/o Participante, deberá tener acceso al internet por el medio que mejor se ajuste a sus intereses e ingresar al link señalado epaenlinea.com y realizar una compra que se encuentre dentro de la vigencia de la promoción.
  • No participar más de seis (6) ocasiones durante el plazo de un día calendario, lo cual se verificará con el ingreso de toda la información solicitada, tampoco participarán las personas que de cualquier forma que incumplan con los procedimientos que se establecen al efecto, según el Reglamento.

 

Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos, así como condiciones indicadas en este Reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.

 

Artículo B6: El Participante favorecido con el Premio de acuerdo al Artículos B3 de este Reglamento, se le entregará el “premio” correspondiente a la totalidad de la compra realizada con un máximo de ochenta mil colones (80.000) colones, según lo establecido en el Reglamento una vez que sea seleccionado de manera aleatoria según el programa y/o software utilizado con dicho fin. Se hace constar que el Premio no puede ser cedido y debe ser reclamado durante el plazo establecido en el presente Reglamento.

 

En caso de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador y se procederá con la entrega del mismo a los Ganadores Suplentes, según corresponda.

 

Artículo B7: Con el fin de poder hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción del Organizador, el Participante que resulte favorecido con cualquiera de los Premios de esta Promoción, autorizan de manera expresamente irrevocable al Organizador, para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y, en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen.

 

SECCIÓN C. PROCEDIMIENTO DEL SORTEO Y RETIRO DEL PREMIO.

 

Artículo C1: Una vez culminada la promoción se procederá a recopilar la información de los participantes que cumplan con los requisitos mencionados que hayan participado durante la vigencia de la promoción.

 

Se seleccionarán los ganadores de los premios indicados en el presente Reglamento de entre todas aquellas personas que hayan participado, el sorteo aleatorio que dará fecha y lugar, el 30 de noviembre del 2021 en las oficinas centrales de Ferreterías EPA, el sorteo se realizará por parte de los encargados del Departamento de Mercadeo. De dicha situación se deberá levantar un Acta / Declaración Jurada ante 2 Testigos del nombre de los Participantes ganadores y sus respectivos suplentes, en total se seleccionarán 8 suplentes. Esta información igualmente podrá ser presentada ante Notario Público a efecto que, de fe del cumplimiento de los requisitos y proceso de la Promoción mediante el levantamiento de un Acta Notarial, de conformidad al presente Reglamento. El organizador se reserva el derecho de modificar la fecha mencionada del sorteo por conveniencia siempre y cuando no se modifique las posibilidades de ser favorecido de cada uno de los participantes.

 

Luego se procederá a verificar la correcta participación del seleccionado ganador, en caso que no cumpla se descarta el seleccionado y se procede a verificar al primer suplente siguiendo el mismo protocolo, así sucesivamente hasta que se agoten los ganadores suplentes. En el caso de que la participación cumpla con todos los requisitos. El ganador será contactado por medio de un asesor de mercadeo por uno de los medios disponibles para contactarlo, teléfono o correo y tendrá un plazo de un (2) día hábil (48 horas) una vez se le contacte para reportarse y enviar sus datos personales (nombre completo, número de identificación, teléfono, etc), a efecto de contactar al ganador favorecido a través de teléfono durante un plazo máximo de (3) días hábiles. En caso de no localizar al seleccionado en un máximo de 3 intentos de llamada durante este plazo, se procederá a contactar al siguiente ganador suplente que corresponda siguiendo el mismo protocolo, así sucesivamente hasta que se agoten los ganadores suplentes. En el caso que no puedan ser contactados o ningún participante cumpla con los requisitos mínimos el organizador de la promoción declarará el premio como desierto pudiendo disponer como mejor convenga según el organizador. En caso de que los respectivos ganadores sean confirmados se procederá a realizar el anuncio de los ganadores. El ganador se anunciará a partir del 06 de diciembre 2021, siempre y cuando se haya verificado todo lo anterior mencionado en este artículo, de lo contrario el organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del anuncio hasta que se encuentren correctamente verificados todos los datos necesarios para la publicación. El ganador será anunciado únicamente por Facebook de “EPA Costa Rica” en una publicación en el muro.

 

Artículo C2: Después de realizado el Sorteo referido e identificado al respectivo favorecido y/o ganador del premio, de acuerdo al Artículos anteriores de este Reglamento, una vez contactado el ganador en seguimiento del procedimiento por parte de un representante de EPA, se le indicará el lugar, fecha y hora para la entrega, así como retiro del Premio correspondiente. En este sentido, la persona ganadora deberá firmar conforme el recibo de su premio, además de un documento de liberación de responsabilidad para Ferretería EPA S.A. donde se le expresarán todas las limitaciones y condiciones que el Premio otorgado, liberando al Patrocinador de toda responsabilidad por uso y/o consumo del mismo. Igualmente, el ganador favorecido, no podrá reclamar o solicitar a Ferretería EPA S.A. ningún gasto adicional que genere el retiro del Premio, como el transporte o el costo asociado al mismo en caso que no contar con los medios necesarios para transportarlo y/o instalarlo en el lugar que libremente decida.

 

Artículo C3: De no cumplirse con las condiciones establecidas en este Reglamento o de no poder hacer la verificación de datos necesaria del ganador oficial, se elegirá automáticamente a un ganador suplente y se procederá con la verificación de los datos y entrega de premio tomando en cuenta las especificaciones del presente Reglamento.

 

Artículo C4: El Ganador tendrá que retirar su Premio en un plazo no mayor a un 1 mes a partir del momento que es contactado por colaboradores de Ferretería EPA S.A. en las horas, días, y el lugar establecido para retirar el Premio acordado previamente.

 

Artículo C5: De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar daños y/o perjuicios a Ferretería EPA S.A. producto de la pérdida del Premio. Dicho Premio NO podrá ser cedido bajo circunstancia alguna a un familiar, cónyuge, hijo o tercero, siendo que el objeto de la promoción es que el fan y/o seguidor que realizó el comentario y presentó la cédula de identidad vigente, sea el beneficiario del Premio. Igualmente, el Participante favorecido, autoriza a Ferretería EPA S.A. de forma libre y espontánea, para el uso de su derecho de imagen y nombre en campañas promocionales y cualquier tipo de publicidad realizada por parte de Ferretería EPA S.A., sin poder solicitar remuneración alguna por ello.

 

Artículo C6: En el evento de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, el Participante se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo para la formalización, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador. El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como al cumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento. El organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla los términos y condiciones previamente aquí establecidas. Si el ganador no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, los organizadores no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerando de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio.

 

SECCIÓN D. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

 

Artículo D1: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial y promocional.

 

Artículo D2: El Patrocinador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos esta Promoción, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que el Patrocinador estime convenientes, o en sus oficinas de Atención al Cliente.

 

Artículo D3: La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega del Premio descrito en el Artículo B4 además del Anexo y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute que le pueda dar al Premio.

 

Artículo D4: Si un Participante que sea beneficiario del Premio señalado y que no realice el reclamo del mismo en los plazos establecidos según lo indicado en el presente Reglamento, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de Premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el Organizador queda autorizado para la selección de uno de los ganadores suplentes según corresponda.

Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga contar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.

 

Artículo D5: Al resultar ganador del Premio y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación. Igualmente, no podrá solicitar transporte o bien cualquier requerimiento para el traslado del Premio correspondiente.

  • La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento.
  • Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
  • Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.
  • Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal.
  • La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A.
  • La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido en el sorteo de las ocho (8) cupones de compra por lo que el organizador es responsable únicamente por la entrega del premio según en este Reglamento. Siendo que el premio en el presente reglamento, EPA no se responsabilizará por daños en el Premio posterior a la entrega.
  • El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.
  • El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.
  • Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores, podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
  • Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador y/o Coorganizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
  • Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
  • Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador.
  • En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.
  • La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.

 

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook EPA Costa Rica, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente, durante la vigencia de la presente promoción.      

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