Reglamento de la Promoción 50% de descuento en el servicio de corte y tapeteo – Centro Mueblero del 15 de julio al 31 de julio 2022

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir y limitar los términos y condiciones de la promoción que realizará y organizará FERRETERÍA EPA S.A., cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador” y/o Ferretería Epa S.A / EPA”.

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, decidan participar en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante la aceptación de conocer y respetar estas reglas y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, los cuales son conocidas y aceptadas como definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la Promoción implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte Ferretería EPA S.A.

 

En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinador. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción.

 

El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios y/o beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

 

SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES:

 

Artículo A1: De la Promoción: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “50% de descuento en el servicio de corte y tapeteo - Centro Mueblero” (de ahora en adelante denominada como la “Promoción”), la cual pertenece y es patrocinada principalmente por Ferretería EPA S.A. (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o el “Organizador”).

 

Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando a las 07:00 horas del 15 de julio del año 2022 y finalizando a las 21:00 horas del 31 de agosto del año 2022 y/o hasta agotar la existencia total del premio, el cual se especifica e informa en el Artículo A5 del Presente Reglamento. Lo que ocurra primero.

 

Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas que lo deseen, siempre que sean mayores de edad y cuenten con un documento de identificación personal válido y al día, debidamente reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica.

 

Artículo A4: La Promoción está dirigida a personas físicas, consumidores finales de Ferretería EPA S.A. Por lo que empresas jurídicas, gubernamentales y demás personas que se consideren como tales, no podrán participar en esta Promoción.

 

Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.

 

  1. “Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en la Promoción a con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento.

 

  1. “Puntos de Venta” significa única y exclusivamente EPA Desamparados y Tibás donde se realizará la promoción, quedando excluidas Belén, Escazú, Curridabat, Liberia, Puntos AV y epaenlinea.com

 

  1. “Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá aportar a los promotores (as) del stand para registrar la factura en caso de que así lo soliciten, los cuales son: (i) Nombre Completo; (ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) Número de consecutivo de compra. Dicha información será utilizada únicamente por el Organizador para los efectos de la Promoción, situación que consienten los clientes, por lo que la misma no podrá utilizarse con fines comerciales o publicitarios.

 

  1. Premio: En esta promoción existe un (1) tipo de premio, que constan de:

 

Premio beneficio objeto 

El premio otorgado será de un 50% de descuento aplicable en el servicio de corte y tapeteo del Centro Mueblero de Tibás o Desamparados, cuya mecánica se menciona en el Artículo B3.

 

Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en epaenlinea.com o en los módulos de servicio al cliente de cada tienda de Ferretería EPA, durante la vigencia de la presente promoción. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá la siguiente leyenda: "Promoción válida hasta el 31/07/2022 y/o hasta agotar existencia, y/o vencimiento lo que ocurra primero. Aplica condiciones. Ver reglamento de la promoción en epaenlinea.com"

 

SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:

 

Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales serán explicadas en caso de ser necesario, por los asesores de servicio de Ferretería EPA debidamente identificados. Igualmente, el presente Reglamento, estará a disposición en los módulos de Servicio al Cliente de cada tienda de Ferretería EPA, y en Epaenlinea.com. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocación de cualquier derecho o premio otorgado. 

Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.

Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que deseen obtener el premio, lo harán de la siguiente manera:

El cliente deberá presentar el anuncio posteado en las redes sociales ya sea de manera virtual o físico en el módulo de corte y dimensionado de la tienda de Tibás o Desamparados (imagen de referencia adjunta).

Quien cumpla con estos requisitos, podrá pasar al módulo de corte y dimensionado ubicado en las tiendas mencionadas en el Artículo A5 párrafo 2 del presente reglamento. 

 

Artículo B4: Condiciones para participar.

  • El cliente deberá presentar el anuncio posteado en las redes sociales en el módulo de corte y dimensionado de la tienda de Tibás o Desamparados 

 

 

Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.

 

Artículo B6: A cada favorecido de un premio de acuerdo al Artículos B3 de este Reglamento, se le entregará el “premio” correspondiente, según lo establecido en el Reglamento de forma instantánea una vez presentado el anuncio mencionado en al Artículo B3 en el módulo de corte y dimensionado, el premio no puede ser cedido, no puede ser canjeado por efectivo y debe ser retirado de el mismo día de la compra.  

 

Cada Ganador deberá retirar su respectivo premio el mismo día en que se presenta en el módulo antes de retirarse de la tienda. De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar a Ferretería EPA S.A. la pérdida de dicho premio.

 

En caso de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador.

 

En caso de haber aceptado un premio, el cual se detecte algún desperfecto en su funcionamiento, el favorecido podrá realizar una devolución por garantía del premio. En este caso se procederá a cambiar el premio por otro igual.

  

 SECCIÓN C. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

  

Artículo C1: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial, sin embargo, los artículos que corresponden al premio corresponden a la realidad y características del mismo especificadas en el Artículo A5 punto 4.

 

Artículo C2: El Patrocinador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos esta Promoción, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que el Patrocinador estime convenientes, o en sus oficinas de Atención al Cliente.

 

Artículo C3: La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega de los premios descritos en el Artículo B4 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute de cualquiera de los premios o productos promocionales.

 

Artículo C4: Si un Participante seleccionado no se presente a canjear su premio dentro del plazo indicado en el presente Reglamento, dentro de las fechas indicadas, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el Organizador queda autorizado para la selección de uno de los ganadores suplentes según corresponda.

Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga constar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.

 

Artículo C5: En caso que resulte Ganador y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación.

 

  • La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento.
  • Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
  • Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.
  • Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal.
  • La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A.
  • La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido, por lo que el organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este Reglamento. 
  • El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.
  • El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.
  • Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
  • Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador y/o Coorganizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
  • Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
  • Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador.
  • En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.
  • La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.

 

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un correo electrónico a la dirección promociones2@cr.epa.biz, así como consultarlo directamente en el módulo de servicio al cliente de la Tienda de EPA. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en el módulo de servicio al cliente en Tienda o en la sección de reglamentos vigentes de Epaenlinea.com, durante la vigencia de la presente promoción.

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