Reglamento oficial de la promoción “Mejoramos su cotización”

Este Reglamento (en adelante el “REGLAMENTO”) tiene como objetivo el establecer, definir y limitar los términos y condiciones de la promoción que realizará y organizará FERRETERÍA EPA S.A., cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador” y/o Ferretería Epa S.A / EPA”.

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, decidan participar en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante la aceptación de conocer y respetar estas reglas, condiciones y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, los cuales son conocidas y aceptadas como definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la Promoción implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte Ferretería EPA S.A.

En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinado. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción.

El otorgamiento de los beneficios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los Beneficio Promocionales y/o beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES:

Artículo A1: De la Promoción: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones, bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “MEJORAMOS SU COTIZACIÓN” (de ahora en adelante denominada como la “Promoción”), la cual pertenece y es patrocinada por Ferretería EPA S.A. (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o el “Organizador”).

Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando a las 07:00 horas del 11 de agosto del año 2022 y finalizando a las 21:00 horas del 11 de agosto del año 2023.

Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas que lo deseen, siempre que sean mayores de edad y cuenten con un documento de identificación personal válido y al día, debidamente reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica. Igualmente, podrán participar todo tipo de personas jurídicas lo mismo que entidades gubernamentales, siempre y cuando cumplan con la condición de que el representante y/o encargado sea mayor de edad.

Artículo A4: La Promoción está dirigida a todo tipo de Consumidores Finales de Ferretería EPA S.A. Para la presente Promoción, también se permitirá la participación de manufacturadores, distribuidores, revendedores y demás personas que se consideren como tales. Asimismo, podrán participar en la Promoción los colaboradores y representantes del organizador de la Promoción.

Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.

1. “Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas y/o jurídicas, que participen en la Promoción a con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento.

2. “Puntos de Venta” significa las cinco (5) tiendas de Ferretería EPA, las cuales se localizan en; (i) Curridabat, contiguo al Indoor Club; (ii) Escazú, contiguo a la carretera Próspero Fernández; (iii) San Antonio de Belén, diagonal al Mall Real Cariari, y (iv) Tibás, trescientos metros Oeste del Cruce a Llorente. (v) Desamparados, del cruce de San Miguel trescientos metros sur.

3. “Datos Personales” significa los datos que cada Participante, sea esta persona física y/o jurídica, que deberá aportar a los asesores de servicio en el módulo de cotización para registrar y elaborar la cotización mejorada, los cuales son (i) Nombre Completo; (ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) Número de comprobante de compra. Dicha información será utilizada únicamente por el Organizador para los efectos de la Promoción, situación que consienten los clientes, por lo que la misma no podrá utilizarse con fines comerciales o publicitarios.

4. Beneficio Promocional: En esta promoción existen un (1) tipo de Beneficio Promocional, que consta de:

Beneficio Promocional inmediato: Consiste en mejorar una cotización formal, debidamente impresa, con el nombre, identificación, cédula jurídica y logo del comercio, en la que se incluya una cantidad equivalente en unidades a cualquiera de los productos vendidos y/o comercializados en las Tiendas EPA; debidamente emitida por cualquier otro comercio similar a EPA.

5. Generalidades del Beneficio Promocional: Este Beneficio Promocional se encuentra sujeto a existencias y cantidades limitadas en los inventarios regulares de cada Tienda EPA.

Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en las secciones de Servicio al Cliente de los Puntos de Ventas del organizador, durante la vigencia de la presente promoción. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá las siguientes leyendas: “Promoción válida desde el 24/09/2018 hasta el 31/12/2021. Aplican condiciones y restricciones. Ver reglamento de la promoción en servicio al cliente en tienda”.

SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:

Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales será explicadas en caso de ser necesario, por los asesores de servicio de Ferretería EPA debidamente identificados. Igualmente, el presente Reglamento, estará a disposición en Servicio al Cliente, y en la página de Facebook. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocación de cualquier derecho o Beneficio Promocional otorgado.

Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.

Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que deseen participar en el sorteo, lo harán de la siguiente manera:

Con el fin de aplicar el Beneficio Promocional otorgado por parte de EPA mediante la presente Promoción, el Participante podrá solicitar la aplicación del Beneficio con el fin de mejorar una cotización formal, debidamente impresa, con el nombre, identificación, cédula jurídica y logo del comercio, en la que se incluya cualquiera de los productos vendidos y/o comercializados en las Tiendas EPA; debidamente emitida por cualquier otro comercio similar a EPA.

La solicitud la deberá gestionar, presentándola Cotización del comercio en el Departamento de Cotizaciones de EPA, con el fin de revisar la cotización presentada con el fin de mejorar dicha Cotización por parte de EPA, siempre y cuando se cumplan con las siguientes condiciones.

Artículo B4: Condiciones para participar.

● El cliente deberá dirigirse al módulo de Cotizaciones de EPA, el cual se encontrará ubicado en el punto de Venta, con la cotización original, por parte del comercio similar a EPA.

● El colaborador de EPA verificará las siguientes condiciones y restricciones:

a. La cotización deberá de ser formal, la cual contará con logo de la empresa, cédula jurídica, teléfono o contacto, de la Ferretería que emitió la cotización.

b. Deberá de presentarse impresa. No puede ser escrita a mano.

c. La cotización deberá estar a favor del cliente final, el mismo que solicita la mejora de la cotización.

d. No puede ser mayor a tres (3) días naturales desde su emisión por parte del comercio, por lo cual el Participante deberá presentarse en EPA con anterioridad al plazo referido.

e. La cotización presentada a mejorar deberá ser entregada al personal de EPA. Esta cotización solo podrá ser aplicada una (1) vez para obtener el beneficio.

f. Para que aplique el beneficio de mejorar el precio de la cotización, la misma deberá contener y referirse al mismo producto, marca y calidad.

g. La mejora del precio se ve reflejado en el monto total de la cotización que emita EPA al momento de realizar la facturación de dicha cotización, con la cual el Participante podrá comprar los productos referidos en la cotización.

h. EPA no realizará mejoras en artículos que posean un descuento vigente en el precio como parte de alguna otra Promoción y/ Precio de Oportunidad.

i. La cotización mejorada por EPA deberá ejecutarse mediante la compra efectiva de los productos, en un plazo máximo de un (1) día.

● No participarán cotizaciones no originales, rotas, dañados o de cualquier forma que incumplan con los procedimientos que se establecen al efecto, o bien que tengan un estado o aspecto que haga dudar de su autenticidad, que ya hayan sido activadas en algún otro de los puntos de ventas previamente y que se encuentren fuera de la fecha de vigencia de la promoción.

Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este Reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante o comercio que emitió el documento.

Artículo B6: A cada favorecido del Beneficio Promocional de acuerdo al Artículos B3 de este Reglamento, se le entregara la mejora en la Cotización por parte de EPA, en cumplimiento de las especificaciones de la Promoción, según lo establecido en el Reglamento, el Beneficio Promocional no puede ser cedido y no puede ser canjeado por efectivo y debe ser retirado de el mismo día de la compra.

En caso de haber aceptado un Beneficio Promocional, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo mediante la compra o culminar el papeleo respectivo para completar la compra según la cotización, el favorecido perderá su derecho al Beneficio Promocional. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador.

Artículo B7: Con el fin de poder hacer público los beneficiarios de la Promoción, a decisión y discreción del Organizador, los participantes que resulten favorecidos con cualquiera de los Beneficio Promocionales de esta Promoción, autorizan de manera irrevocable expresamente al Organizador, para que su nombre e imagen puedan aparecer e indicarse en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo de los Beneficio Promocionales, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen.

SECCIÓN C. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

Artículo C1: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial.

Artículo C2: El Organizador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos esta Promoción, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que el Patrocinador publicó y anunció la información de la presente Promoción, o en sus oficinas de Atención al Cliente.

Artículo C3: La responsabilidad del Organizador culmina con la entrega del Beneficio Promocional descrito en el Artículo A5 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute de cualquiera de los Beneficio Promocionales o productos promocionales.

Artículo C4: Si un Participante no ejecute su Beneficio Promocional dentro del plazo indicado en el presente Reglamento, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de Beneficio Promocional. Al Participante no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la Promoción. Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga contar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.

Artículo C5: En caso que resultare beneficiario y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Beneficio Promocional, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un Beneficio Promocional de consolación. La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento, entre ellas:

● Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.

● Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.

● Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal.

● La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A.

● La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Beneficio Promocional correspondiente al Participante según la cotización presentada, por lo que el Organizador es responsable únicamente por la entrega del Beneficio Promocional indicado en este Reglamento.

● El cliente y/o Participante del Beneficio Promocional será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.

● El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.

● Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de Beneficio Promocionales en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

● Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.

● Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

● Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador.

● En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.

● La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.

● Cualquier disputa del Participante con terceros en cuanto a la titularidad del Beneficio Promocional correspondiente a la cotización, será un asunto ajeno al Organizador, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado.

● El Beneficio Promocional es indivisible, intransferible y no negociable. Para ser acreedor del Beneficio Promocional, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento relacionados a la cotización.

● El Beneficio Promocional no incluye los gastos personales en que incurra el participante para hacer efectivo su Beneficio Promocional, ni tampoco cualquier otro rubro que no esté expresamente incluido en este Reglamento. El costo de cualquier documentación que deban hacer los Participantes para poder retirar o disfrutar del Beneficio Promocional, corre por cuenta de cada uno de ellos.

● Bajo ninguna circunstancia se podrá obligar al Organizador a entregar mayores Beneficios Promocionales que los ofrecidos en la publicidad y Reglamento de esta Promoción. Si por algún motivo el Organizador no es capaz de entregar alguno de los Beneficio Promocionales a los Participantes, es posible dispensar de la entrega de dicho Beneficio Promocional por causas de fuerza mayor.

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook EPA Costa Rica, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente de la Tienda de EPA. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente en Tienda, durante la vigencia de la presente promoción.