REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “PROMOCION: Gane con Stiebel Eltron y EPA” FERRETERÍA EPA S.A.

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir, limitar los términos y condiciones de la promoción que realizará y organizará FERRETERÍA EPA SA, cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador” y/o Ferretería Epa SA / EPA”. 

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para todos los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, deciden participar libre y voluntariamente en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante, la aceptación de conocer y respetar estas reglas, condiciones y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, las cuales son conocidos y aceptados como definitivas. Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para la Promoción, implicará la exclusión inmediata del Participante, sin responsabilidad alguna por parte Ferretería EPA SA 


En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, rodos los Participantes aceptan todas las reglas y condiciones del presente Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinador. Asimismo, acepta someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción. 


El otorgamiento del Premio (ver definición de Premio más adelante) en la presente Promoción, estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y aplicable, condiciones, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del otorgado a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas, las cuales son expresamente aceptados por los Participantes. 


SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES: 


Artículo A1:De la Promoción: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “PROMOCION: “Gane con Stiebel Eltron y EPA” (de ahora en adelante denominado como la “Promoción”), la cual pertenece y es patrocinada principalmente por Ferretería EPA SA (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o “Organizador”). 


Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando a las 07:00 horas del 05 de AGOSTO del 2019 y finalizando a las 21:00 horas del 30 de SETIEMBRE del 2019, plazo durante el cual estará vigente el presente Reglamento.


Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas que lo deseen, siempre que sean mayores de edad y cuenten con un documento de identificación personal válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica. Igualmente, podrán participar las personas jurídicas a las que se les facture la compra del producto. No podrá participar entidades gubernamentales, siendo que el objeto de la presente Promoción es el beneficio de los clientes finales y/o consumidores de EPA. 


Artículo A4: La Promoción está dirigida a clientes y Consumidores Finales de Ferretería EPA SA Por lo que fabricantes, distribuidores, revendedores y demás personas que se consideran como tales, no podrán participar en esta Promoción. Asimismo, no podrán participar en la Promoción los colaboradores y representantes de EPA. 


El Organizador se reserva el derecho para descalificar de la Promoción o de exigir la devolución del Premio que sea otorgado en virtud del presente Reglamento, cuando existan razones fundadas para creer que el participante no adquiera productos para su uso personal o el de su círculo familiar, con el objeto de revender, distribuir, o bien con la intención de adquirir los artículos participantes con el único fin de participar en la Promoción y posteriormente devolver dichos productos antes del vencimiento del plazo de vigencia de la misma. 


El hecho que una persona participe una cantidad de veces que exceda de forma significativa lo razonable y esperable de un concursante promedio (6 veces) en cualquiera de las Tiendas EPA, hará presumir a los Organizadores que su participación ha sido manipulada con fines de aumentar su probabilidad como ganador.   


Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo. 


“Cliente o Participante” significa cualquiera de las personas físicas y/o jurídicas, que participen en la Promoción, de conformidad con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento. 

“Puntos de Venta” significa para esta Promoción, todas las 5 Tiendas de Ferretería EPA, localizadas en: (i) Curridabat, contiguo al Indoor Club; (ii) Escazú, contiguo a la carretera Próspero Fernández; (iii) San Antonio de Belén, diagonal al Mall Real Cariari, y (iv) Tibás, trescientos metros Oeste del Cruce a Llorente. (v) Desamparados, del cruce de San Miguel trescientos metros sur.

“Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá aportar y completar en el respectivo cupón que se le entregue, los cuales son (i) Nombre Completo;(ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) Correo Electrónico. (V) Número de comprobante de compra o transacción y caja en la que realizó la compra. Dicha información será utilizada únicamente por el Organizador para los efectos de la Promoción, con el fin de validar la información brindada con la información del sistema, situación que consienten los clientes, por lo que la misma no podrá utilizarse con fines comerciales o publicitarios. 

Premio: En esta promoción se tiene 6 Premios, los cuales se le otorgarán entre los 6 ganadores Seleccionados del Sorteo, que se realizará el próximo 04 de OCTUBRE del 2019 a las 10:00 horas en las oficinas Administrativas de EPA ubicadas en Escazú. Dicho Sorteo se realizará con la presencia de un Notario Público quién avalará el sorteo, así como el ganador seleccionado del Premio y los seis ganadores suplentes mediante un Acta Notarial.    

Los premios se dividen 6 otorgando a: 


Para el primer y segundo seleccionado, cada uno obtendrá: Un (1) certificado para dos (2) personas para hospedarse en fin de semana (2 noches, 3 días) en habitación una doble en el Hotel CrocsCasino Resort. Jacó, bajo la modalidad de todo incluido. Valor aproximado $540 por certificado


Para el tercer, cuarto, quinto y sexto seleccionado como ganador, cada uno obtendrá: Una (1) tarjetas de regalo por un monto de C.50 000 (cincuenta mil colones exactos 00/100) para ser aplicadas en el pago de cenas en el Hotel Restaurante Bougainvillea, Santo Domingo de Heredia.


De esta manera se sacaran los ganadores de la promoción en el orden mencionado y al final los seis respectivos suplentes.


La entrega del Premio se realizará durante los treinta (30) días naturales posteriores a la llamada que reciba el Participante.


5. Generalidades del premio: Este premio se encuentra sujeto a que deberá ser retirado durante los treinta (30) días naturales posteriores a la llamada que reciba el Participante por parte del personal de EPA que le informe que fue seleccionado como Ganador de la Promoción. El Ganador deberá firmar el respectivo recibido del Premio 

y en caso de no presentarse a retirar el Premio en el plazo fijado, perderá su derecho sin poder presentar reclamo alguno al Organizador. 


La entrega del Premio se realizará durante los treinta (30) días naturales posteriores a la llamada que reciba el Participante.


Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en las secciones de Servicio al Cliente de los Puntos de Ventas de EPA, durante la vigencia de la presente Promoción. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá las siguientes leyendas:  


“Promoción válida del 05/08/2019 al 30/09/2019 en Tiendas EPA. Aplican condiciones y restricciones. Ver reglamento general de la Promoción en Servicio al Cliente en Tienda y perfil de Facebook EPA/CostaRica”  

 

SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES: 


Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales será explicadas en caso de ser necesario, por los asesores de servicio de Ferretería EPA en cualquiera de las Tiendas EPA, debidamente identificados. Igualmente, el presente Reglamento, estará a disposición en Servicio al Cliente, y en la página de Facebook. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación de la Promoción, implicará la inmediata exclusión del Participante en la Promoción y la revocación de cualquier derecho o premio otorgado. 


Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitada en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes. 


Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que deseen participar en el sorteo, lo harán de la siguiente manera:  


Para participar en la presente Promoción, el Participante deberá comprar en cualquiera de las Tiendas EPA, deberá adquirir al menos una unidad de cualquiera de los productos participantes de la promoción detallados en el ANEXO A. en cualquier Tienda EPA, por cada unidad de producto patrocinador recibirá un cupón el cual debe ingresar a la página de internet https://icr-cupones.firebaseapp.com o mediante el código QR (presente en el material promocional de las tiendas) y completar los datos que correspondan con toda la información requerida.


Una vez adquirido y cancelado el requisito mínimo para participaren la caja respectiva, se le entregará al Participante su factura de compra, con el cual el Participante deberá solicitar al asesor de ventas de Importaciones Campos Rudín, S.A un cupón o en su efecto, dirigirse al encargado de Servicio al Cliente de la Tienda EPA, para recibir el cupón (es) correspondientes a su compra. Una vez reciba dicho cupón (es), según el producto participante adquirido, deberá activarlo en el link https://icr-cupones.firebaseapp.como mediante el código QR (presente en material promocional en las tiendas) y completar la información solicitada correspondiente a la Promoción que estará en el módulo de servicio al cliente.  


Quien cumpla con estos requisitos, quedará participando en la Promoción, y así poder optar por ser elegido como Ganador del premio correspondiente a la Promoción, con el solo hecho de adquirir uno de los calentadores detallados en el anexo A del presente reglamento, así como solicitar y completar los cupones correspondientes que deberán ser depositados en el buzón. 


De la totalidad de Participantes en la Promoción, se procederá a la selección de los 6 ganadores para el premio objetivo de la presente promoción. La selección aleatoria de los ganadores correspondientes, se realizará en presencia de un Notario Público y un testigo y de lo cual se levantará Acta Notarial haciendo constar la realización del sorteo, así como de los seis Ganadores Suplentes del mismo. Para gozar del derecho del premio como Ganador, el Organizador verificará todos los datos de la encuesta enviada por parte del ganador a través de la cédula de identidad y que cumpla con todos los requisitos del Reglamento.  


Al momento del sorteo, los datos de los Participantes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este reglamento, serán desechados. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante. El sorteo se llevará a cabo frente a un Representante EPA, Un Testigo y un Notario Público, quién levantará acta notarial respectiva del sorteo.  


Artículo B4: Condiciones para participar. 


El cliente y/o Participante, deberá adquirir cualquier uno de los calentadores participantes de la promoción detallados en el ANEXO A. en cualquier Tienda EPA, Solicitar su cupón, ingresar a la página de internet https://icr-cupones.firebaseapp.com o mediante el código QR (presente en el material promocional de las tiendas) y completar los datos que correspondan con toda la información requerida. 
Podrán participar las veces que el Participante decida, siempre y cuando adquiera y compre uno de los calentadores detallados en el Anexos A del presente reglamento de conformidad con las condiciones indicadas. Sin embargo, el Participante que devuelva el producto comprado, será excluido y no quedará participando en el Sorteo. 

Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos, así como condiciones indicadas en este Reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante. 


Artículo B6: El Participante favorecido con el Premio de acuerdo al Artículos B3 de este Reglamento, se le entregará el “premio” correspondiente, según lo establecido en el Reglamento, una vez que sea seleccionado de manera aleatoria de los ganadores correspondientes al sorteo. Se hace constar que el Premio no puede ser cedido y deberá ser reclamado durante el plazo establecido en el presente Reglamento. 


En caso de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al Premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción del Organizador y se procederá con la entrega del mismo a los Ganadores Suplentes, según corresponda. 


Artículo B7: Con el fin de poder hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción del Organizador, el Participante que resulte favorecido con cualquiera de los Premios de esta Promoción, autorizan de manera irrevocable expresamente al Organizador, para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen. 


En este sentido se acepta que, durante la entrega del premio, se podrá tomar video y fotografías, las cuales serán utilizadas con fines publicitarios sin derecho a reclamar suma alguna.  


SECCIÓN C. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: 


Artículo C1: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial y promocional.  


Artículo C2: El Patrocinador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos esta Promoción, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que el Patrocinador estime convenientes, o en sus oficinas de Atención al Cliente. 


Artículo C3: La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega del Premio descrito en el Artículo B4 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute que le pueda dar al Premio.  


Artículo C4: Si un Participante que sea beneficiario del Premio señalado y que no realice el reclamo del mismo en los plazos establecidos según lo indicado en el presente Reglamento, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de Premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el Organizador queda autorizado para la selección de uno de los ganadores suplentes según corresponda.  Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga contar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.  


Artículo C5: Al resultar ganador del Premio indicado en el presente Reglamento y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar de ninguna manera al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación. Igualmente, no podrá solicitar transporte o bien cualquier requerimiento para el traslado del Premio correspondiente. 

La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento.  
Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión. 
Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.  
Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal.  
La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A. 
La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido con el sorteo, por lo que el organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado según en este Reglamento. EPA no se responsabilizará por daños en el Premio posterior a la entrega. 
El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.  
El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren 
el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción. 

Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley. 
Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador y/o Coorganizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido. 
Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad. 
Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador. 
En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción. 
La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado. 

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook EPA Costa Rica, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente de las Tiendas de EPA. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente en Tiendas EPA, durante la vigencia de la presente promoción.   

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ANEXOS:

 

ANEXO A. DETALLE DE ARTICULOS PARTICIPANTES.


Códigos patrocinadores y cupones correspondientes por cada artículo.


CODIGO
CUPONES
DESCRIPCION

2440036

 

1
CALENTADOR DH100 10KW AQUAPOWER

 

2440035
1
CALENTADOR DH80 8.5KW AQUAPOWER

 

2440003
2
CALENTADOR DHC 10KW INSTANTÁNEO STIEBEL

 

2440001
3
CALENTADOR ELEC 15KW TEMPRA PLUS

 

2440005
3
CALENTADOR ELEC 20KW TEMPRA PLUS

 

2427099
3
TANQUE ACUMULACION PSH150 40 GALONES 

 

2440025

 

2
CALENTADOR ELÉCTRICO DHC-E12kw STIEBEL

 

2443049

 

1
DUCHA IS5-1E C/CALENT 110V 5KW STIEBEL

 

2443043
1
DUCHA IS7-2E C/CALENT 240V 7.1KW STIEBEL