REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “MI HOGAR MÁS CHIVA 2019” DE FERRETERÍA EPA S.A.
Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir, limitar los términos y condiciones de la actividad promocional que realizará y organizará la compañía denominada FERRETERÍA EPA SA, cédula de persona jurídica 3-101-354271, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “El Organizador”, “Ferretería Epa SA” o “EPA”, la cual se realizará en sus puntos de venta EPA.
Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para todos los Participantes (ver definición de Participante más adelante) quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, deciden participar libre y voluntariamente en la Promoción realizada por EPA. La participación en la Promoción implica por parte del Participante, el informarse debidamente por los medios y canales de comunicación establecidos por EPA y la aceptación de conocer como respetar estas reglas, condiciones y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la Promoción, las cuales son conocidos y aceptados como definitivas por parte de los Participantes.
En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan todas las reglas y condiciones del presente Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de EPA. Asimismo, acepta someterse a las decisiones del Organizador en cualquier asunto relacionado con la Promoción.
El otorgamiento del Premio (ver definición de Premio más adelante) en la presente Promoción, estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del otorgado a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas, las cuales son expresamente aceptados por los Participantes.
SECCIÓN A. DISPOSICIONES GENERALES:
Artículo A1: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá la Promoción que lleva por nombre “HOY PINTO” (de ahora en adelante denominado como la “Promoción”), la cual pertenece y está patrocinada principalmente por Ferretería EPA SA (de ahora en adelante denominada como el “Patrocinador” y/o “Organizador”).
Artículo A2: La presente Promoción es por tiempo limitado, iniciando el plazo para participar a las 07:00 horas del 15 de julio del año 2019 y finalizando el plazo para participar a las 21:00 horas del 04 de agosto del año 2019, todo lo cual se informará a los participantes en los respectivos puntos de venta.
Artículo A3: Podrán participar en esta Promoción todas las personas físicas que lo deseen, siempre que sean mayores de edad y cuenten con un documento de identificación personal válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica, siendo que el objeto de la presente Promoción es el beneficio de los clientes finales y/o consumidores de EPA.
Artículo A4: La Promoción está dirigida únicamente a aquellas personas físicas mayores de 18 años que sean Clientes y/o Consumidores finales de Ferretería EPA SA Por lo que no podrán participar: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la Empresa Organizadora; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción dentro de las que se incluyen las empresas Overseas Logistics Operations SA (OLO) y Credix World SA; C. Funcionarios de cualquiera de las Empresas copatrocinadoras de esta Promoción que en razón de su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la Promoción o la solicitud de los premios; y d. Los parientes hasta primer grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.
El Organizador se reserva el derecho para descalificar de la Promoción o de exigir la devolución del Premio que sea otorgado en virtud del presente Reglamento, cuando existan razones fundadas para creer que el participante no adquiera productos para su uso personal o el de su círculo familiar, con el objeto de revender, distribuir, o bien con la intención de adquirir los artículos participantes con el único fin de participar en la Promoción y posteriormente devolver dichos productos antes del vencimiento del plazo de vigencia de la misma.
El hecho que una persona participe una cantidad de veces que exceda de forma significativa lo razonable y esperable de un concursante promedio (5 veces por día) en cualquiera de las Tiendas EPA, hará presumir a los Organizadores que su participación ha sido manipulada con fines de aumentar su probabilidad como ganador, hecho que provocará la eliminación inmediata como eventual ganador de los Premios de la Promoción.
Artículo A5: Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.
“Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en la Promoción a con las limitaciones del Articulo A3 y A4, ambos de este Reglamento.
“Puntos de Venta” significa para esta Promoción, las cinco tiendas de Ferretería EPA ubicadas en Belén (Diagonal a Real Cariari sobre autopista General Cañas), Curridabat (50 metros este del Indoor Club), Desamparados (Del cruce de San Miguel 300 metros sur hacia Aserrí), Escazú (contiguo a la carretera Próspero Fernández) y Tibás (300 metros oeste del cruce de Llorente).
“Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá aportar y completar únicamente de manera digital en la página web habilitada, los cuales son (i) Nombre Completo; (ii) Número de identificación personal válida y al día, debidamente reconocida por el Gobierno de la República de Costa Rica; (iii) Teléfonos; (iv) correo electrónico; (v) numeración del código de barras ubicado en la parte inferior de la factura donde se incluye, fecha, número de comprobante de compra y caja en la que realizó la compra. Dicha información será utilizada únicamente por el Organizador para los efectos de la Promoción, situación que consienten los clientes, por lo que la misma no podrá utilizarse con fines comerciales o publicitarios.
Premios: En esta promoción se otorgarán Premios instantáneos para los Participantes favorecidos, los cuales corresponde a uno de entre 12 tipos distintos de premio. De ahora en adelante denominado “Premios Instantáneos”. El Premio adquirido no podrá canjearse en efectivo y no podrán solicitarse devoluciones por el precio del producto, siendo que el mismo corresponde a una actividad promocional bajo la cual el Participante decide participar.
Entre las opciones de Premios Instantáneos se encuentran disponibles hasta agotar existencias o bien hasta el vencimiento de la Promoción:
Un (1) Salveque deportivo amarillo EPA.
Un (1) Par de Guantes para jardinería EPA.
Un (1) Cuaderno EPA.
Un (1) Poncho amarillo EPA.
Un (1) Paraguas amarillo EPA.
Una (1) Botella transparente EPA.
Una (1) Gorra amarilla EPA.
Un (1) Frisbee amarillo EPA.
Un (1) Billete EPA de 20.000.
Un (1) Billete EPA de 40.000.
Un (1) Billete EPA de 300.000.
Una (1) Tarjeta de Regalo Credix de 10.000.
Generalidades del premio: Existen un total de 17.250 premios distribuidos entre todas las tiendas. La cantidad de productos indicados corresponde a la cadena de Tiendas EPA, por lo que de agotarse primero en un punto de venta EPA antes indicados, la Promoción continúa para los restantes Premios hasta agotar existencias o vencimiento del plazo, lo que ocurra primero.
Las tarjetas de regalo de credix poseen un valor nominal de 10.000 colones, son aplicables en cualquier producto o servicio de la tienda, el último día para aplicar la tarjeta como forma de pago en la tienda estará sujeto a la fecha de vigencia establecida en cada tarjeta . Se pueden revisar condiciones adicionales para su uso en el Stand de credix.
Detalles y condiciones de uso del billete EPA: En esta promoción se otorgarán premios instantáneos, algunos cuales corresponde a Billete EPA significa a un cupón de regalía con un valor de 20.000, 40.000, 300.000. De ahora en adelante denominado Billete, el valor nominal de este cupón es equivalente al monto en colones aplicable sólo como regalía en las tiendas EPA. El último día para hacer efectivo el cupón es el 04 de septiembre del 2019. El cupón es emitido por Ferretería EPA S.A, al ser regalía promocional, no podrá canjearse en efectivo, no podrán solicitarse devoluciones por el precio del producto y el monto indicado en el cupón. Por lo que el monto total del billete será consumido en una única compra sin importar el valor del producto comprado, es decir, sí el único método de pago utilizado en la compra es el Billete no genera vuelto del monto restante de la compra.
Cada cupón será asignado a la persona que realice la compra y no podrá ser transferido de ninguna forma. El interesado es el único responsable por el cupón, desde el momento en que reciba el producto y mientras esté en su poder. Si por alguna razón el cupón es destruido, dañado, si se extravía o desaparece, el Organizador no aceptará queja o reclamo por ello ni responderá la misma ni compensará de ninguna forma al participante. Además, en caso de que existan dudas sobre la legitimidad de un cupón, el organizador podrá descalificar al participante en caso de considerar que el cupón no es original o no fue emitida por EPA.
No participarán cupones no originales, rotos, dañados o de cualquier forma que incumplan con los procedimientos que se establecen al efecto, o bien que tengan un estado o aspecto que haga dudar de su autenticidad.
La utilización de este cupón implica la aceptación de las condiciones generales de la Promoción establecidas en el reglamento. Promoción válida para entrega de cupones del 15/07/2019 al 04/08/2019. Consultar reglamento en Servicio al Cliente de EPA.
Artículo A6: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede llamar al teléfono número 800 EPAVALE (800-372 8253). La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este Reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.
El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en las secciones de Servicio al Cliente de todos los Puntos de Ventas de EPA, durante la vigencia de la presente Promoción.
SECCIÓN B. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:
Artículo B1: Para participar en la presente Promoción, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, así como consienta el uso de sus datos personales para los efectos de la Promoción por parte de EPA.
Artículo B2: Durante el período de vigencia de esta Promoción, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en la Promoción podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.
Artículo B3: Durante el plazo de vigencia de la presente Promoción, los Participantes que de manera voluntaria decida participar, deberán necesariamente realizar una compra en EPA por un monto mínimo de CRC 15.000 (quince mil colones, moneda de curso legal de la República de Costa Rica) que contenga al menos 3 (tres) diferentes productos patrocinadores. Los productos patrocinadores estarán debidamente identificados en cada uno de los Puntos de Venta y pertenecen a las marcas: Intaco, SUR, Lanco, Prodex, Mega Líneas, Henkel, Toolcraft, Einhell, Basic Living, Stanley-BlackandDecker-Dewalt, Karcher, Eco Max.
En este sentido, se aclara que solamente es una única participación en la Promoción por cada factura o tiquete de caja, sin importar si el monto de la misma es superior a los 15.000 (quince mil colones) o si posee más de 3 (tres) diferentes productos patrocinadores.
Una vez realizada la compra, el Participante deberá presentar la factura o comprobante de caja que confirme la compra a la promotora de la Promoción ubicada dentro de la tienda EPA y brindar los datos que se le soliciten. De esta forma, al Participante se le otorgará el derecho jugar por una única vez por compra, en una aplicación digital en un tótem simulando una máquina tragamonedas, el tótem va a girar en tres campos diferentes y se va a detener mostrando un símbolo que represente el premio. En este sentido, al obtener tres símbolos iguales, la promotora procederá a entregarle al ganador de manera inmediata el premio instantáneo representado con símbolos en la pantalla.
En caso que el cliente haya realizado su compra cancelando a través del método de pago Credix, tendrá la posibilidad de realizar un segundo intento. Sin embargo; al utilizar la segunda oportunidad perderá el derecho completo al primer premio adquirido, es decir, ejemplo: si el cliente juega y resulta ganador de un paraguas, el cliente que canceló su factura con credix tendrá la posibilidad de quedarse con el paraguas como premio o realizar un segundo intento devolviendo el paraguas y sacando otro premio de manera aleatoria. Si decide aplicar la segunda oportunidad perderá el derecho al primer premio obtenido para efectos del ejemplo “el paraguas”
La participación necesariamente deberá ser al momento de realizar la compra que cumpla con los requisitos indicados. En caso de que el Participante abandone el establecimiento de EPA sin haber gestionado presentado la factura a la promotora, perderá su oportunidad de participar aun cuando, vaya posteriormente a algún establecimiento EPA durante el plazo de participación. En virtud de lo anterior, el Participante necesariamente deberá participar en la aplicación digital en la Tienda EPA en la cual realizó la compra.
Los requisitos anteriormente descritos, se deben ver reflejados en una misma factura; no se podrá unificar facturas con el fin de sumar la suma básica, o productos patrocinadores por lo que se debe entender que, para poder optar por las acciones, será única y exclusivamente a aquellos clientes cuya factura sea equivalente a la suma mínima de CRC 15.000,00 (quince mil colones, moneda de curso legal de la República de Costa Rica) y contengan 3 diferentes productos patrocinadores como mínimo. EPA llevará un registro de la compra realizada donde el Participante proporcionará sus datos personales de conformidad con lo indicado en el presente Reglamento. De esta forma quedará participando en el juego y podrá obtener uno de los premios disponibles en el artículo A5.
Quien cumpla con estos requisitos, será acreedor de participar en la Promoción, y así poder optar por ser Ganador del beneficio promocional ofrecido para la correspondiente a la Promoción, completando los datos e información total solicitada con el fin de obtener el Premio.
De la totalidad de Participantes en la Promoción, que cumplan con los requisitos podrán participar y en caso de resultar favorecidos obtener el premio indicado mediante un algoritmo al azar a través de un programa electrónico. La selección aleatoria se realizará en presencia de un promotor elegido por el organizador, este será quien va a verificar previamente que el participante cumpla con todos los requerimientos necesarios. Los Premios de la presente promoción se distribuirán con base al porcentaje de visitas de clientes para cada tienda. En total se destinarán 17.250 premios que distribuirán Entre todas las tiendas de Ferretería EPA.
Al momento de la verificación, los posibles participantes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este Reglamento no podrán acceder a este derecho. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.
Artículo B4: Condiciones para participar.
El cliente de realizar una compra con un mínimo de quince mil colones que al menos incluya tres diferentes productos patrocinadores, en cualquiera de las tiendas de FERRETERIA EPA, S.A. y presentarla ante el promotor identificado dentro de la tienda con el fin de validar su factura.
El cliente y/o Participante, deberá utilizar el tótem digital y juego electrónico para poder descubrir el premio que le será otorgado en el mismo día y Tienda en la cual realizó la compra.
Posterior al registro de la factura y antes de realizar el tótem digital, la Promotora marcará la factura con un sello identificando que el Participante ya participó en la promoción con dicha factura.
Artículo B5: Aquellos clientes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos, así como condiciones indicadas en este Reglamento, serán excluidos como participantes. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.
Artículo B6: Según lo establecido en el Reglamento una vez que sea seleccionado de manera aleatoria según el programa y/o software utilizado con dicho fin. Se hace constar que el Premio no puede ser cedido y debe ser reclamado únicamente en productos del organizador, durante el plazo establecido en el presente Reglamento.
En caso de haber aceptado el Premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a cumplir con los procesos establecidos para el retiro del premio, fecha, entrega, el favorecido perderá su derecho al Premio.
Artículo B7: En caso que EPA desee hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción del Organizador, cualquiera de los Participantes que resulten favorecidos con cualquiera de los Premios de esta Promoción, autorizan de manera expresa e irrevocable al Organizador, para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades que se realicen durante o posterior a la Promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen.
SECCIÓN C. RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
Artículo C1: Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones de esta Promoción son únicamente de carácter comercial y promocional, sin embargo; los productos comercializados por EPA corresponderán a lo comercializado.
Artículo C2: El Patrocinador podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente esta Promoción, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite.
Artículo C3: La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega del Premio descrito en el Artículo B4 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute que le pueda dar al Premio.
Artículo C4: Si un Participante que sea beneficiario del Premio señalado y que no realice el reclamo del mismo en los plazos establecidos según lo indicado en el presente Reglamento, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo de Premio. Al Participante seleccionado no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación de la promoción. De presentarse dicha situación, el Organizador queda autorizado para la selección de uno de los ganadores suplentes según corresponda.
Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión del Patrocinador, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga contar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.
Artículo C5: Si el participante al resultar ganador del Premio indicado y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia, no acepta el Premio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación. Igualmente, no podrá solicitar transporte o bien cualquier requerimiento para el traslado del Premio correspondiente.
La Promoción y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento.
Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, Ferretería Epa S.A. podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
Ferretería Epa S.A. no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.
Ferretería Epa S.A. se reserva el derecho de suspender los beneficios de esta Promoción en aquellos casos en que se determine que los beneficios de la misma han sido aplicados mediando engaño, fraude u otra actividad ilegal.
La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Ferretería Epa S.A.
La responsabilidad de Ferretería Epa S.A. culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido con el juego, por lo que el organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en el tótem digital según en este Reglamento. EPA no se responsabiliza por cualquier pérdida o menoscabo que sufra el billete previo a ser canjeado.
El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.
El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.
Suspensión de la Promoción: El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los Organizadores. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio de los Organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o sus Organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador y/o Coorganizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el Organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa Organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
Los Participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y correos personales que tengan en sus perfiles de la red social Facebook o bien aportados en algún momento de la Promoción sean utilizados por parte del Organizador.
En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, el Organizador informa a todos los participantes de la Promoción de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en la presente Promoción.
La información contenida en la base de datos que pueda tenerse por parte de la Promoción será de uso del Organizador y este queda autorizado a traspasar dichos datos a la(s) empresa(s) que considere(n) pertinentes. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.
Para más información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook EPA Costa Rica, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente de la Tienda de EPA. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente en Tienda, durante la vigencia de la presente promoción.
****************